Términos y condiciones
EXAMINARTE actuando como nombre comercial de la institución prestadora de servicios de salud (IPS), debidamente habilitada para los servicios ofertados bajo la secretaria distrital de Salud de Bogotá y regulada por la Superintendencia de Salud Colombiana, se encuentra administrada bajo el nombre de persona jurídica CONTROL MEDICAL GROUP SAS, sociedad constituida bajo la normatividad vigente ante la Cámara de Comercio de Bogotá, con la identificación del NIT 901.398.154-2 con domicilio de la ciudad de Bogotá en la dirección AC 147 #19-50 Lc 18. La cual tiene como objetivo la prestación de servicios de salud en la modalidad extramural enfocado al campo domiciliario, y a los servicios de teleconsulta en las zonas habilitadas por los entes reguladores para tal fin bajo la legislación vigente. Las personas encargadas de la solicitud de la atención que decidan requerir nuestros servicios declaran estar dentro del área de cobertura indicada por la institución y ser mayores de edad ante la jurisdicción colombiana (mayor a 18 años) con o sin alguna clase de afiliación (subsidiado, contributivo o beneficiario) en el sistema de salud y seguridad social colombiano. Sin embargo, se recalca que se prestará el servicio a cualquier persona sin límite de edad, etnia, origen y/o ideología que se encuentre dentro de la cobertura. Nuestro objetivo es mejorar la calidad y oportunidad de acceso a los servicios sanitarios. Por otro lado, CONTROL MEDICAL GROUP SAS también aceptará convenios y/o contratos con aquellas personas jurídicas constituidas que así lo soliciten, incluyendo aseguradoras, medicina prepagada, planes complementarios y/o EAPB.
Nuestros usuarios tendrán acceso a nuestro medios de información para consulta, adquisición, pago y agendamiento de nuestros servicios, el cual se podrá realizar dentro de los siguientes medios oficiales autorizados:
– Nuestro portal web www.examinarte.com
– Vía telefónica: (601) 2160418
– Redes sociales: Whatsapp. +57 3195218592
Se aclara a quien interese que CONTROL MEDICAL GROUP SAS no es un plan adicional de salud (PAS), un plan complementario, Entidad Administradora de Planes de Beneficios (EAPB), medicina prepagada ni una póliza de salud.
Las personas naturales y/o jurídicas que adquieran directamente nuestros servicios, lo podrán ejecutar bajo los siguientes modelos de atención destinados por la IPS:
PERSONAS NATURALES
“¡De una!” Modelo de atención dirigido a usuarios “PARTICULARES” que requieren una atención de imprevisto sin afiliaciones ni pagos mensuales. El (los) servicio(s) contratado(s) por esta modalidad se regirá con la tarifa correspondiente sin beneficios o descuentos adicionales, excepto en aquellos casos en donde se indique previo aviso.
Sujeto a los términos establecidos de los planes anteriormente mencionados, CONTROL MEDICAL GROUP SAS dispone de programas que buscan dar beneficios adicionales a las personas que adquieran los servicios por este medio de contratación. Se trata del “Programa de referidos”
PROGRAMA REFERIDOS: Programa destinado a usuarios invitados por personas que han adquirido nuestros servicios o planes previamente. El enfoque de referidos brindan descuentos económicos mutuos (Usuario que da la referencia y el que recibe la referencia) y especiales aplicables SOLO PARA UN SERVICIO POR USUARIO REFERIDO EXITOSO. Es decir, sólo se efectuará el beneficio por cada persona invitada que adquiera cualquier plan o servicio ofertado por la empresa. Todo usuario que quiera aplicar, deberá comunicarlo con alguno de los asesores dentro de los siguientes medios autorizados para tal fin: contacto@examinarte.com, Via whatsapp al telefono +57 3195218592. O por medio de la línea telefónica (601) 2160418
PERSONAS JURIDICAS
PROGRAMA COLABORADOR SANO
Programa enfocado a mejorar el acceso de atención en salud de los trabajadores y sus familiares, desde un convenio empresarial sin necesidad de trámites adicionales con empresas externas, garantizando una atención más rápida, resolutiva y segura para los colaboradores. De esta manera el método de contratación de los beneficios dependerá del acordado entre CONTROL MEDICAL GROUP SAS y el contratante bajo el modelo: “Aliados empresariales”.
ALIADOS EMPRESARIALES
El presente modelo de contratación está enfocado en dar descuentos económicos a los colaboradores de la empresa aliada en caso de requerir nuestros servicios. El colaborador al momento de adquirir el plan y/o consulta deberá presentar la documentación autorizada indicada por la empresa contratante para aplicar al beneficio. Se dará previo aviso a las especificaciones de periodo y porcentaje de descuento aplicable a cada alianza por medio de canales autorizados de la IPS y comunicado directo al aliado empresarial.
CLIENTES EMPRESARIALES
Programa dedicado a personas jurídicas que requieren el servicio inplace (En sitio) en sus locaciones en el acompañamiento físico de personal de enfermería y a distancia (teleconsulta) de asistencia profesional (Médico) cuando lo necesite durante la jornada laboral. Para esto se tendrán beneficios como:
– Atención en salud de trabajadores, clientes y proveedores que lo necesiten y se encuentren dentro de la empresa.
– Activación y uso racional del Sistema Médico de Emergencias.
– Realizar maniobras de guía y control básicas ante incidentes de salud propios o ajenos a la labor de trabajador, esto de la mano de un médico a distancia (telexperticia) mientras llega el apoyo prehospitalario externo.
– Manejo prioritario con maniobras básicas pero vitales ante situaciones críticas como paro cardio-respiratorio, obstrucción de la vía aérea, descompensación de enfermedades de base, sangrados, desmayos, traumas, quemaduras, intoxicaciones, etc.
– Identificación temprana ante la sospecha de accidente cerebro vascular (ACV), Accidente Isquémico cerebral Transitorio (AIT), Infarto Agudo de Miocardio (IAM), esto de la mano de un médico a distancia (telexperticia).
– Triage laboral: Si un trabajador presenta alguna afectación de salud, en colaboración al personal en sede te ayudamos con el concepto médico rápido y veraz (telexperticia) para definir la conducta y evaluar el envió a urgencias de tu trabajador.
– Realizar pausas activas dirigidas según la labor del colaborador.
– Realizar capacitaciones y planes de acción a la empresa y sus trabajadores en temas de salud en cuanto a prevención y conocimiento de enfermedades prevalentes.
– Realizar monitoreo básico constante del estado de salud de sus trabajadores.
– Contar con un equipo de salud altamente capacitado en pro del buen funcionamiento de su compañía.
– Gestionar informes a los directivos en lo relacionado a la actividad de la IPS.
PROCESOS Y MODELOS DE ATENCIÓN
CONTROL MEDICAL GROUP SAS brindará a las personas naturales y jurídicas interesadas, el servicio solicitado en las modalidades de teleconsulta, teleorientación y extramural domiciliaria. El paciente será el encargado, por medio de las líneas autorizadas, de seleccionar el tipo de consulta a adquirir, posteriormente se brindará el medio de pago, el cual se gestionará exclusivamente por los medios digitales autorizados, en las entidades aliadas de recibir el pago en efectivo o en la sede administrativa de la entidad. Una vez comprobado el pago y agendamiento de la cita, el equipo institucional encargado notifica al área asistencial para cumplir con la consulta.
En la modalidad extramural domiciliaria, la atención se brindará en la dirección en la cual haya indicado el paciente, la misma debe contar con servicios públicos domiciliarios (energía eléctrica, acueducto, alcantarillado y sistema de comunicación) así como una unidad sanitaria o baño, según lo indica la Resolución 3100 de 2019. En cuanto a la modalidad de teleconsulta se dispondrán a los usuarios la opción de teleorientación, telemedicina y telexperticia la cual será elegida según las necesidades del usuario y tendrán un valor monetario diferente e independiente uno del otro. La teleconsulta podrá ser tanto sincrónica, es decir, videollamada en tiempo real, o asincrónica, es decir, sin la necesidad de una comunicación en tiempo real, la cual se dará mediante chat por los medios autorizados para tal fin por CONTROL MEDICAL GROUP SAS, por donde podrán ser transmitidos datos, textos e imágenes necesarias para el desarrollo de la atención con el objetivo de dar solución al motivo de consulta del usuario, todo lo anterior en cumplimiento a la Resolución 2654 de 2019 y Resolución 3100 de 2019.
En la modalidad de atención de telemedicina en búsqueda de mejorar los tiempos de acceso al paciente, se podrá realizar mediante la categoría de la telexperticia, previa autorización del usuario. La cual se basa en la relación a distancia con método de comunicación sincrónica o asincrónica para la provisión de servicios de salud en cualquiera de sus componentes utilizando tecnologías de información y comunicación entre dos profesionales o un personal no profesional y un profesional. Aplica en los siguientes escenarios:
– Teleapoyo: es la comunicación a distancia, en el cual un profesional presencial (a la mano del paciente) contacta a otro profesional mediante las tecnologías de la información con el objetivo de dar soporte y/o brindar una opinión acerca de la condición clínica del usuario. Sin embargo es responsabilidad del talento humano profesional presencial en dar el tratamiento, decisiones finales y recomendaciones al paciente, recalcando en la historia clínica las condiciones en las que se da el teleapoyo.
– En el caso de que la telexperticia sea entre un personal no profesional (Técnico, tecnólogo o auxiliar) y un profesional (Médico, psicólogo, terapeuta, etc) se aceptará solo en el escenario en el cual el personal no profesional atiende presencialmente al usuario realizando las acciones que el profesional a distancia le indique, este último por otra parte será el responsable de la atención, registro de historia clínica, plan de manejo y recomendaciones propias que se le dan al paciente.
Nota: Se aclara y es de obligatorio cumplimiento, en la modalidad de teleorinetación el encargado de la misma en el marco de sus competencias, debe informar al usuario el alcance de la orientación, la cual ÚNICAMENTE estará destinada para proporcionar información, consejería y asesoría en los componentes de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación. El talento humano en salud NUNCA podrá entregar fórmula médica, órdenes médicas ni incapacidades. Sin embargo, SIEMPRE deberá entregar una copia o resumen de la comunicación si el usuario lo solicita.
CONDICIONES DE LA ATENCIÓN
● Todos los servicios serán prestados bajo los estándares de seguridad con los elementos de protección personal, medidas de higiene y desinfección del personal y dispositivos utilizados durante la jornada.
● Se definirá la prioridad del servicio según el tipo de atención, mediante el Triage dado al paciente y según lo establecido a las competencias dadas por la entidad.
● El profesional o personal no profesional encargado de la zona de cobertura será el responsable de asistir al lugar indicado para la atención del paciente. No habrá predilección alguna a algún talento humano en específico.
● CONTROL MEDICAL GROUPS SAS podrá presentar demoras en su servicio si la causa del mismo es ajena a la logística y operación de la compañía. En tal caso se deberá notificar al paciente previamente, si el usuario solicita en este escenario cancelación y reembolso del dinero podrá realizarlo sin ningún condicionamiento así como devolución de la TOTALIDAD del dinero dentro del periodo acordado por ley. Así mismo podrá tener la posibilidad de reagendamiento de la atención (sin derecho a retorno del dinero para este caso en específico).
● El usuario que requiera el servicio deberá estar dentro del área de cobertura indicada por la institución.
● Se podrá excluir de la zona cobertura de atención usual a aquellas atenciones simultáneas en un mismo punto que hayan solicitado al menos 5 usuarios.
● En la consulta domiciliaria el personal tendrá un tiempo de hasta 15 minutos de espera si el usuario no está disponible y no ha notificado previamente acerca de cancelación o reprogramación. Cumplidos los 15 minutos el personal se retirará del punto y el usuario no tendrá derecho a reembolso de dinero.
● El usuario podrá notificar por los medios de comunicación autorizados, desde el momento del agendamiento hasta 60 minutos previos a la consulta, la cancelación y/o reprogramación del agendamiento acordado. Pasado este tiempo no se aceptarán notificaciones relacionadas y se proseguirá con la atención acordada, sin retorno económico ni posibilidad de reprogramación. En caso de hacer la notificación en el tiempo respectivo y acordado por la entidad, se dispondrá la devolución del dinero menos los costos comerciales y administrativos efectuados hasta el momento. En aquellos escenarios en el que la cita sea agendada no se penaliza ni se reembolsará económicamente al usuario.
● Todo usuario que adquiera cualquier tipo de servicio, aceptará y reconocerá mediante mutuo acuerdo la contratación con CONTROL MEDICAL GROUP SAS para la prestación de los servicios. De esta manera, la compañía estará incluida bajo la excepción del derecho al retracto estipulado por la normatividad en su ley 1480/11.
● Todo menor de edad en la jurisdicción colombiana (menor a 18 años), personas con alguna incapacidad física y/o mental, DEBERÁ contar con un acompañante adulto (mayor a 18 años) en todo momento durante la atención, quien deberá presentar el documento de identificación personal al personal asistencial y acompañamiento permanente durante la atención.
● Todo paciente deberá contar con su documento de identificación personal al momento de la consulta y deberá presentarlo al personal asistencial.
● En la consulta extramural domiciliaria, el usuario deberá garantizar la mayor seguridad posible al personal asistencial para el desarrollo del servicio, así mismo el escenario destinado para la atención deberá tener las condiciones mínimas de higiene, privacidad, comodidad y confidencialidad. En caso de requerir medidas de limpieza, el usuario debe permitir el uso de un espacio (unidad sanitaria o baño) destinado para la higiene y desinfección personal y de equipos médicos. Bajo ninguna circunstancia el personal institucional le solicitará al usuario insumos adicionales para tal fin.
● Cualquier procedimiento realizado por CONTROL MEDICAL GROUP SAS requerirá aprobación o desaprobación escrita previa por el paciente o persona encargada, mediante la firma del consentimiento o disentimiento informado institucional según corresponda por los medios físicos o digitales autorizados por la entidad.
● Cualquier orden medica indicada durante la consulta no se atenderá para cumplimiento inmediato, requerirán de nuevo agendamiento, solicitud adicional y valor independiente.
● El profesional o personal no profesional con la ayuda de un profesional a distancia, que considere remisión a un centro hospitalario y/o de urgencias, le informará al usuario o responsable del paciente para realizar dicho traslado. CONTROL MEDICAL GROUP SAS no realizará dicho proceso y será responsabilidad del usuario continuar con la asistencia intramural indicada. CONTROL MEDICAL GROUP SAS en caso de contar con aliados de asistencia prehospitalaria se informará al usuario como medida opcional y tendrá un valor adicional a la consulta.
● La historia clínica estará almacenada con altos niveles de seguridad y confidencialidad bajo la reserva, privacidad y custodia. El cual se dispondrá una copia al usuario directo, responsable del paciente o personas autorizadas acobijadas en la normatividad vigente. La solicitud de la misma, se realizará por medio del módulo de Solicitud de historia clínica dispuesto a quién interese en la página web oficial de la IPS. www.examinarte.com dentro de los tiempos estipulados por la ley.
● En la modalidad de teleconsulta el usuario deberá contar con conexión a internet cámara e implementos de recepción y transmisión de sonido propio o ajeno al dispositivo (celular, tablet o computador) usado para la atención. En caso de videollamada, deberá contar con un ambiente con adecuada y suficiente iluminación, silencioso y privado. En la modalidad asincrónica no es necesaria la cámara, ni medios de recepción y transmisión de sonido.
● El tiempo de espera en la modalidad de teleconsulta por parte del personal tendrá un tiempo de hasta 10 minutos de espera, si el usuario no está disponible y no ha notificado previamente. Cumplidos los 10 minutos el personal dará por finalizada la sesión y el usuario no tendrá retorno del dinero pero si derecho a reporgramación de la atención según los tiempos de agendamiento disponibles por la entidad (Tiempo aplicable solo para la atención “¡De una!”).
● El agendamiento se dará para visitas domiciliarias en un periodo menor a 24 horas y en modalidad teleconsulta menor a 24 horas. En caso de ser una atención control dentro de la institución, es decir haber adquirido el mismo servicio previamente, se agendará según mutuo acuerdo y disponibilidad entre personal asistencial y paciente.
● Previo a pago y agendamiento del servicio por parte del paciente, el mismo deberá tener a disposición los TÉRMINOS Y CONDICIONES institucionales para su conocimiento y posterior aceptación. NO se procederá al pago ni prestación del servicio sin la aceptación de los TÉRMINOS Y CONDICIONES por parte del usuario.
PROCESO DE CANCELACIONES Y REEMBOLSO
El usuario dispondrá del correo contacto@examinarte.com para realizar la solicitud de cancelación y reembolso en los casos aplicables que se mencionaron anteriormente. El solicitante deberá indicar Nombre completo del paciente, tipo y número de identificación del paciente, evidencia de la petición dentro del periodo aceptado (solo para reembolsos) y/o motivo de la cancelación del servicio o plan adquirido (solo para cancelaciones), Tipo y número de cuenta bancaria, entidad bancaria, nombre, tipo y número de identificación del titular de la cuenta destinada para la devolución del dinero. A partir de la fecha de la recepción de la notificación, CONTROL MEDICAL GROUP SAS deberá responder, comprobar y realizar el respectivo reembolso al solicitante dentro de los próximos treinta (30) días calendario.
● Para la empresas que gocen de beneficios para sus trabajadores, en caso de la terminación de relación laboral del usuario con el CONTRATANTE deberán notificar mediante el correo contacto@examinarte.com el nombre del usuario, tipo y número de identificación del usuario, Nombre y NIT del contratante, y fecha de terminación de los beneficios con CONTROL MEDICAL GROUP SAS. Se efectuará suspensión de los beneficios una vez se compruebe la veracidad de la información de parte de nuestro personal con el talento humano autorizado del CONTRATANTE.
SERVICIOS OFERTADOS
● Consulta Médica
En la institución la valoración por un profesional en medicina general se basa en una atención dirigida a mejorar las condiciones de salud en aquellos pacientes que presenten enfermedades NO críticas o aquellas que NO tengan indicación de ser manejada por una servicio hospitalario o de urgencias, es decir solo Triage IV y V según Resolución 5596 de 2015 MInSalud. Sin embargo, el profesional a cargo de la atención, en cualquiera de sus modalidades, SI deberá en caso de que lo necesite el usuario, en proporcionar información, orientación e indicación de traslado a un centro de urgencias. Se aclara que es responsabilidad del usuario y acompañante conocer y trasladar a las instituciones prestadoras de servicio de salud más cercanos que tengan convenio con la EPS, medicina prepagada o seguro médico al cual pertenezca el paciente.
Durante la atención el médico encargado, en cualquiera de las modalidades, a partir del motivo de consulta del paciente realizará una historia clínica completa basándose en la sintomatología que presenta, antecedentes y examen físico, generando una subsecuente impresión diagnóstica y un plan en pro de la resolución y/o estudio del cuadro clínico del paciente.
Nota: en la modalidad de teleorientación no se podra realizar la atención en un formato de historia clínica completa ni se podrá brindar fórmula médica, órdenes médicas ni incapacidades bajo ninguna circunstancia.
● El plan de manejo, formulación, solicitud de órdenes e incapacidades se regirán bajo el criterio y acto de autonomía médica profesional.
● En caso de indicar incapacidad médica, ÚNICAMENTE se podrá solicitar desde la fecha de consulta hasta el tiempo que el profesional en medicina lo considere.
● El usuario no tendrá que transcribir la incapacidad medica indicada por nuestros profesionales en su respectiva EAPB cuando la misma sea por un periodos de dos o menos días, según lo establece el decreto 780 de 2016.
● En caso de que el profesional médico indique durante la consulta la administración enteral o parenteral de algún medicamento para manejo sintomático, estará sujeto a disponibilidad del mismo y autorización previa mediante firma de consentimiento informado.
● Consulta psicológica
CONTROL MEDICAL GROUP SAS ofrece el servicio de consulta de psicología mediante la modalidad extramural domiciliaria y teleconsulta. El servicio está a cargo de los condicionantes de la atención propuestos en el presente documento y se realizará por parte de un profesional en psicología. El talento humano asistencial ejecutará y desarrollará la atención respetando el criterio y autonomía profesional, de igual manera generará una conducta y/o plan acorde a lo que se desarrolle durante el servicio.
Deberá en caso de que lo necesite el usuario, en proporcionar información, orientación e indicación de traslado a un centro de urgencias. Se aclara que es responsabilidad del usuario y acompañante conocer y trasladar a las instituciones prestadoras de servicio de salud más cercanos que tengan convenio con la EPS, medicina prepagada o seguro médico al cual pertenezca el paciente.
Se recomienda especialmente su uso en paciente de cualquier grupo etario con las siguientes patologías o condiciones de salud: Trastornos de ansiedad, trastornos depresivos,terapias familiares, terapias en pareja, manejo del duelo, atención en crianza y desarrollo, manejo cognitivo-conductual, psicoanálisis, manejo en dependencias patológicas, fortalecimiento en la introspección de enfermedades o situaciones críticas,autocrecimiento personal y/o profesional, demás condiciones que el profesional y/o paciente así lo requieran.
● Toma de muestras de laboratorio clínico
CONTROL MEDICAL GROUP SAS ofrecerá el servicio de toma de muestras de laboratorio clínico en la modalidad extramural domiciliaria dentro del área de cobertura indicada. Es responsabilidad de la institución realizar todo el proceso preanalítico de los exámenes solicitados, es decir, se encarga de la toma, recepción, identificación, transporte, conservación, embalaje y remisión de las muestras tomadas al laboratorio clínico de referencia que la institución contrate en cumplimiento a lo indicado en la Resolución 3100 de 2019 en la sección de interdependencia. El procesamiento de las muestras y disposición de los resultados será de total responsabilidad del laboratorio de convenio, el cual deberá contar con la respectiva habilitación y autorización por parte de los respectivos entes gubernamentales. CONTROL MEDICAL GROUP SAS con las IPS o laboratorios aliados, siempre respetará y no compartirá la mutua autonomía e independencia técnico-científica y se regirá bajo los procesos prioritarios establecidos por las entidades implicadas.
Nota: el tiempo de resultado de los exámenes serán expresados según los lineamientos del laboratorio clínico aliado y variarán adicionalmente según el paraclínico tomado y congestión de los servicios.
Los resultados estarán a disposición del paciente una vez el laboratorio de convenio indique el completado y comprobado de cada uno, CONTROL MEDICAL GROUP SAS será el encargado de realizar envío (por los medios autorizados) y notificación al usuario de(los) examan(es) tomados, respetando y garantizando durante el proceso la confidencialidad y privacidad de los resultados. Los medios de entrega de resultados podrán ser ÚNICAMENTE por las siguientes vías:
– Por el envío al correo electrónico indicado por el usuario.
– En medio físico ÚNICAMENTE en la sede administrativa de CONTROL MEDICAL GROUP SAS o del laboratorio CONTRATADO responsable del procesamiento y lectura de los exámenes, se recuerde al momento de reclamar los resultados debe presentar consigo el documento de identidad.
Nota aclaratoria: CONTROL MEDICAL GROUP SAS solo hará entrega por medios físicos EXCLUSIVAMENTE y DIRECTAMENTE al paciente y/o persona autorizado y/o a cargo del paciente (si aplica).
MEDIDAS ESPECIALES
– Será responsabilidad de CONTROL MEDICAL GROUP SAS informar e indicar al usuario previo a la atención, las condiciones y requerimientos ambientales y propios del paciente y/o muestras, con el fin de no alterar el rendimiento diagnóstico de la prueba. El paciente que no cumpla con dichos criterios, no se le realizará la ejecución del servicio y se podrá reagendar según mutuo acuerdo y disponibilidad de la entidad.
– En caso de cancelación y solicitud de reembolso, una vez el personal asistencial esté en el domicilio, se hará devolución del dinero correspondiente netamente al valor de los exámenes. En dicho escenario bajo NINGUNA circunstancia se reembolsará los trámites comerciales, de traslado a domicilio y administrativos.
– Si por cualquier motivo, propios o ajenos a CONTROL MEDICAL GROUP SAS se requiera la toma de una segunda muestra, es responsabilidad de la institución de contactar, gestionar y agendar una nueva cita para el desarrollo de la nueva atención. NUNCA se solicitará ni obligará al usuario realizar pagos adicionales para el cumplimiento de este proceso.
– Es responsabilidad del usuario continuar con el proceso de atención en salud, es decir, de entregar, llevar y notificar a su médico el resultado de los laboratorios solicitados.
– En caso de presentar datos críticos en los resultados de laboratorios, se notificará al usuario o responsable en el menor tiempo posible.
– Siempre previo a la toma de las muestras, se deberá presentar el consentimiento informado y posterior firma del mismo como aprobación del paciente. En caso de no aceptar (disentir) o no firmar el documento institucional, no se desarrollará la atención bajo ninguna circunstancia.
MEDIOS DE PAGO
La compañía dispondrá a sus usuarios de diferentes métodos de pago en los cuales podrá encontrar en los medios oficiales autorizados destinados para tal fin. El pago digital se efectuará mediante la pasarela de pagos establecida por CONTROL MEDICAL GROUP SAS mediante link de pago, código QR o por medio de la página web oficial www.examinarte.com. Así mismo en asociación a la pasarela de pago, se podrán realizar pagos con tarjeta de débito y crédito, PSE, y pago en efectivo en comercios aliados. Asimismo se dispondrá de un punto de pago en la sede administrativa de la entidad. En aquellos pacientes que requieran el servicio en la modalidad denominada “¡De una!”, el pago se efectuará de acuerdo al valor total de los servicios. En los pacientes que provienen de convenios empresariales de salud u otro sector económico, deberán presentar el modelo y costo total del pago correspondiente a lo acordado con dicha entidad.
Se aclara que la persona que realiza el pago tendrá además la responsabilidad de conocer y aceptar los términos y condiciones indicados por la entidad financiera bajo el método con el que se realiza el pago, en caso de dudas e inconvenientes será tarea del usuario con la entidad financiera de dar solución al mismo. De esta manera CONTROL MEDICAL GROUP SAS tendrá exclusión absoluta de cualquier responsabilidad y dependencia acerca de dicho proceso.
PETICIONES, QUEJAS, FELICITACIONES, RECLAMOS Y SUGERENCIAS (PQRS)
Se dispondrá de diferentes canales para la realización del trámite correspondiente al PQRS, dentro de los autorizados por la compañía serán por medio la pagina Web oficial www.examinarte.com en la sección destinadas para tal fin y de manera presencial directamente en la sede administrativa de CONTROL MEDICAL GROUP SAS.
Será responsabilidad de la entidad de generar respuesta ante la solicitud según los tiempos exigidos por la normatividad (Circular 08/18 SuperSalud). De esta manera se entiende:
● Petición general: Son aquellas solicitudes de información y que no están relacionadas con la garantía del acceso a los servicios de salud ni con la atención o prestación de los servicios de salud. Los cuales se deberán resolver en un periodo de quince (15) días hábiles.
● En caso de requerir solicitud de la información la entidad deberá dar respuesta en un tiempo no mayor a diez (10) días hábiles.
● Aquellos solicitudes que no se catalogan como “riesgo vital” y/o que según su particularidad y condición del usuario no se cataloguen para la solución inmediata, CONTROL MEDICAL GROUP SAS deberá dar solución al mismo en un periodo no mayor a cinco (5) días hábiles
Nota: En caso de no poder dar respuesta o solución a la solicitud en los tiempos acordados anteriormente, CONTROL MEDICAL GROUP SAS podrá contar con un periodo máximo y único adicional para la resolución de los mismos: cinco (5) días hábiles adicionales para peticiones y ocho (8) días hábiles más para quejas o reclamos.
CONTROL MEDICAL GROUP SAS podrá solicitar al usuario, cuantas veces sea necesario, solicitud de información adicional necesaria para el correcto estudio y solución del PQRS efectuado. Si pasados sesenta (60) días, no se ha recibido respuesta del solicitante, se entenderá desistimiento del proceso por parte de este último.
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES – HABEAS DATA
CONTROL MEDICAL GROUP SAS dispondrá abiertamente a toda persona natural y jurídica interesada en la plataforma web www.examinarte.com de la política de tratamiento de datos personales – Habeas data. Al igual que el actual documento de término de condiciones, previo al pago, agendamiento y disfrute de los servicios ofertados por la institución, el usuario deberá conocer y aceptar todo lo referido en lo relacionado al tratamiento de datos personales.
GLOSARIO
- IPS: Son las Instituciones encargadas de prestar los servicios de salud en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y principios señalados en la presente Ley. (MinSalud)
- Telemedicina: Provisión de servicios de salud a distancia con en los componentes de promocion, prevencion, diagnostico, tratamiento y rehabilitación, por los profesionales de salud que utilizan tecnologías de la información y la comunicaciones, que les permite intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso y la oportunidad de en la prestación de los servicios a la población que presenta limitación de oferta, de acceso a los servicios o de ambos en su área geográfica.(Resolución 2654 de 2019).
- Telesalud: Conjunto de actividades relacionadas con la salud, servicios y métodos, los cuales se llevan a cabo a distancia con la ayuda de tecnologías de la información y telecomunicaciones. Incluye, entre otras, la Telemedicina y la teleeducación en salud.(Resolución 2654 de 2019).
- Consentimiento informado Es la aceptación libre, voluntaria y consciente de un paciente o usuario, manifestada en el pleno uso de sus facultades, para que tenga a lugar un acto asistencial. Para que el consentimiento se considere informado, el paciente o usuario deberá entender la naturaleza de la decisión a consentir tras recibir información que le haga consciente de los beneficios, riesgos, alternativas e implicaciones del acto asistencial. Para efectos del estándar de historia clínica, el consentimiento informado es el documento que se produce luego de la aceptación en las condiciones descritas. Para el caso de niñas, niños y adolescentes, el consentimiento informado deberá cumplir con los trámites que establezca la normatividad correspondiente. (Resolución 3100 de 2019).
- Historia clínica Es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por equipo de salud que interviene en su atención, como lo dispone el artículo 1 de la Resolución 1995 de 1999 o la norma que la modifique o sustituya. (Resolución 3100 de 2019).
- Consulta domiciliaria: Modelo de atención en el domicilio del paciente el cual se realiza para resolver problemas de salud, que por su situación de incapacidad física no puede desplazarse a un centro de salud y que de igual manera se realiza para mejorar el acceso y oportunidad a la atención evitando gastos adicionales al paciente y al sistema de salud.
- TRIAGE: Método para definir la prioridad de la atención al usuario en caso de una contingencia médica, que permitirá previamente determinar la situación de su estado clínico al momento del contacto a distancia, para lo cual se aplicarán los estándares de clasificación y tiempos de respuesta estimados, definidos por la normatividad legal vigente (Resolución 5596 de 2015).
- TRIAGE IV: Servicio médico requerido por persona que presenta condiciones médicas que no comprometen su estado general, ni representan un riesgo evidente para la vida o pérdida de miembro u órgano. No obstante, existen riesgos de complicación o secuelas de la enfermedad o lesión si no recibe la atención correspondiente. (Resolución 5596 de 2015).
- TRIAGE V: Servicio médico requerido por persona que presenta una condición clínica relacionada con problemas agudos o crónicos sin evidencia de deterioro que comprometa el estado general, y no representa un riesgo evidente para la vida o la funcionalidad de miembro u órgano. (Resolución 5596 de 2015).